Biodiversidad en los Negocios: Prosperar con la Naturaleza
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abril 11, 2024El pasado 4 de marzo se publicó el Decreto por el que la Bahía de Tangolunda se declara área natural protegida, con la categoría de Parque Nacional. Ubicada en el Municipio de Santa María Huatulco, estado de Oaxaca, y con una superficie de 110-32-95.37 hectáreas.
Más de 100 años de historia de Áreas Naturales Protegidas
Las áreas naturales protegidas, como el sitio Tangolunda, constituyen desde su aparición en 1917, un instrumento de política ambiental de importancia estructural en México. A través de este medio, el Poder Legislativo Federal contribuye a los principios fundamentales establecidos en nuestra Constitución, para la conservación de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, la preservación y la restauración del equilibrio ecológico.
El fundamento para la creación de las áreas naturales protegidas puede encontrarse en el artículo 4to, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho.”
Por su parte también, el artículo 27, párrafo tercero, establece que: “la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social”, y que el Estado dictará “las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierra, aguas y bosques… para preservar y restaurar el equilibrio ecológico”, así como “para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad”.
La riqueza biológica de la nueva área natural protegida y Parque Nacional
A casi 280 kms de la ciudad de Oaxaca, a lo largo de su costa, la Bahía de Tangolunda alberga 5 playas, así como una extensa diversidad biológica, por ejemplo, con vegetación como selva alta, selva baja, manglar, 220 especies endémicas como el Pitayo.
Mediante acciones de restauración específicas se busca conservar especies de flora y fauna que puedan estar en alguna categoría de riesgo conforme de acuerdo con la NOM-059-SEMARNAT-2010.
Ahí encontramos una alta riqueza animal, ejemplificada por vertebrados e invertebrados característicos de la región como el alacrán Oaxaqueño. Resaltan también en este sitio las características mariposas monarca y el jaguarundi, así como, otras 32 especies de polinizadores, incluyendo al colibrí verde.
Estado Mexicano y los cimientos hacia una política ambiental más sólida
Resulta importante entender la responsabilidad que tiene el Estado Mexicano en cuanto a la formulación de la política ambiental nacional y sus instrumentos. Ejemplo de esto son los primeros artículos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), cuyo objeto según su art. 1, fracc. IV, es “la preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y la administración de las áreas naturales protegidas”, considerando, según su art. 2, fracc. II, “la protección y preservación de dichas áreas como una causa de utilidad pública”.
Por su parte, el art. 15, fracc. VI, de la misma ley, establece la prevención como la manera más efectiva de evitar los desequilibrios ecológicos, siendo las áreas naturales un instrumento útil para este fin en cuanto al ordenamiento territorial ambiental.
Actualmente, nuestro país tiene 185 Áreas Naturales protegidas de carácter federal con una superficie de 90,962,530 hectáreas (Gobierno de México, 2024).
Parque Nacional a cargo de la Federación
Al ser designada como Parque Nacional, la Bahía de Tangolunda entra en una categoría altamente restrictiva, donde de acuerdo al Art. 50 de la LGEEPA, “sólo podrán permitirse actividades relacionadas con la preservación de los ecosistemas y de sus elementos, así como la investigación, recreación, turismo y educación ecológicos”.
De manera homóloga, la citada Ley ha establecido un sistema de distribución de competencias en materia ambiental, conforme al cual corresponde exclusivamente a la Federación, el establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas de competencia federal. Por lo tanto, los gobiernos estatales o municipios no pueden vulnerar esta competencia de la Federación ni el régimen jurídico aplicable a ellas.
Del régimen jurídico establecido resulta clara la competencia del Ejecutivo Federal para delimitar, zonificar, administrar, regular y preservar las áreas naturales protegidas de su competencia, establecer las modalidades y limitaciones a las que estas áreas se sujetarán y describir las actividades que se llevarán a cabo dentro de las mismas.
México en el plano Internacional
Finalmente, la designación de la Bahía de Tangolunda suma a los esfuerzos que ha realizado México en el plano internacional. Una diversidad de instrumentos internacionales signados por nuestro país, abordan la necesidad de establecer sistemas de áreas protegidas, para cumplir con el objetivo mundial de fortalecer la resiliencia humana, reducir la vulnerabilidad, y lograr que los Estados respeten y hagan efectivos los Derechos humanos con el fin de garantizar un medio ambiente sano, adoptando medidas, impidiendo daños.
Ejemplos de lo anterior son el Convenio sobre la Diversidad Biológica, firmado por México en junio de 1992; el Acuerdo de París, publicado en el Diario Oficial de la Federación en noviembre de 2016; los Principios Marco sobre los Derechos Humanos y el Medio Ambiente presentados en marzo del 2018.
Todo esto demuestra el involucramiento y responsabilidad del Estado en cuanto al ejercicio de un enfoque ambiental para la conservación y protección de la naturaleza como bien público y patrimonio ambiental de los mexicanos.
Escrito por Alexander Brewster R., estudiante de la Maestría en Derecho Ambiental y Política Pública dentro de la Universidad del Medio Ambiente.
Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y pueden no coincidir con las de la Universidad del Medio Ambiente.
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Referencias
DECRETO por el que se declara área natural protegida, con la categoría de parque nacional, el sitio Tangolunda, ubicado en el municipio de Santa María Huatulco, estado de Oaxaca, y que abarca la superficie de 110-32-95.37 hectáreas (Segunda publicación). DOF: 04/03/2024.