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enero 14, 2026Un nuevo marco legal para una transición compleja
La aprobación de la Ley General de Economía Circular (LGEC) representa uno de los cambios estructurales más relevantes del derecho ambiental mexicano en los últimos años. Por primera vez, el país cuenta con una ley marco que busca reorganizar el sistema productivo, de consumo y de gestión de materiales bajo un enfoque distinto al modelo lineal tradicional.
Sin embargo, una ley de esta naturaleza no se agota en su texto. Su verdadera potencia reside en la arquitectura de sus instrumentos jurídicos, en los actores que la impulsan o la resisten, y en las decisiones políticas que se tomen durante su implementación.
Por ello, más que celebrar o rechazar la LGEC en abstracto, vale la pena detenernos a observar cómo está diseñada, qué herramienta activa y dónde se concentran las tensiones reales que marcarán su aplicación.

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Un muy breve resumen de la Ley
En términos generales, la LGEC tiene como objetivo prevenir la generación de residuos, mantener el valor de productos y materiales y reducir los impactos ambientales a lo largo de su ciclo de vida, incorporando principios de economía circular en la política pública, la regulación y el mercado (SEMARNAT, 2023).
La Ley se articula como una ley general, lo que implica concurrencia de competencias entre federación, entidades federativas y municipios, así como obligaciones diferenciadas para los sectores productivos. Esto supone retos importantes de coordinación institucional.
Además, la LGEC deja claro que no se trata únicamente de reciclaje. Su enfoque es sistémico e incorpora rediseño de productos, responsabilidad extendida, información, trazabilidad, incentivos económicos y mecanismos de cumplimiento gradual.

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Instrumentos legales que despliega la LGEC
La Ley propone una arquitectura normativa amplia y compleja, integrada por múltiples instrumentos jurídicos y administrativos. Entre los principales se encuentran:
- El Programa Nacional de Economía Circular, como instrumento de planeación especial y obligatorio.
- Los programas estatales y municipales de economía circular, alineados al Programa Nacional.
- Políticas de educación, cultura, innovación e investigación aplicadas a distintos sectores.
- Normas Oficiales Mexicanas, estándares técnicos y lineamientos administrativos.
- Acuerdos generales de implementación de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), de carácter sectorial y obligatorio.
- El Reglamento de la LGEC, la Plataforma Nacional de Información, el Registro de Economía Circular y la auditoría ambiental voluntaria a cargo de PROFEPA.
- Instrumentos fiscales, financieros, aduanales y de mercado, incluidos bonos verdes, créditos de carbono y mecanismos de compensación ambiental.
- El Distintivo Nacional de Economía Circular, con vigencia de tres años.
Este entramado deja claro que la LGEC exigirá capacidades técnicas sólidas, coordinación institucional efectiva y vigilancia constante para evitar una implementación fragmentada.
Posturas a favor: orden normativo, competitividad y alineación internacional
Entre los actores que respaldan la LGEC se encuentran agencias de cooperación, cámaras empresariales, consultoras especializadas y sectores industriales con mayor madurez ambiental. Desde esta postura, se argumenta que la Ley ordena y armoniza iniciativas dispersas, brindando certidumbre jurídica (SEMARNAT, 2023).
Asimismo, se destaca que la LGEC alinea a México con marcos internacionales como el Acuerdo de París y la Agenda 2030, además de coincidir con recomendaciones de organismos como la OCDE en materia de responsabilidad extendida y eficiencia en el uso de materiales (OECD, 2020).
Desde esta visión, la economía circular es entendida como una condición necesaria para la transición productiva, la innovación y el acceso a financiamiento verde en mercados internacionales cada vez más exigentes.

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Posturas críticas: implementación, municipios y riesgos de simulación
Desde la academia, organizaciones de la sociedad civil y personas recicladoras, emergen preocupaciones relevantes. Una de las principales es la sobrecarga de responsabilidades en los municipios, sin claridad sobre financiamiento, capacidades técnicas o acompañamiento institucional suficiente (UNEP, 2021).
También se advierte que la REP podría derivar en esquemas formales de cumplimiento, sin reducción efectiva de impactos ambientales, o incluso en una transferencia indirecta de costos hacia consumidores y territorios vulnerables (OECD, 2020).
Dentro de estas posturas críticas se incorpora el debate sobre la termovalorización, señalada por organizaciones ambientales como una falsa solución que contradice los principios de la economía circular, al incentivar la quema de materiales que deberían prevenirse o mantenerse en ciclos productivos (GAIA, 2019; Greenpeace México, 2021).
Oportunidades y riesgos de esta nueva Ley
La LGEC tiene el potencial de transformar estructuralmente el sistema de producción y consumo en México. No obstante, también puede vaciarse de contenido si la implementación no es robusta en términos de enfoque territorial, justicia social y coherencia ambiental.
La pregunta que queda abierta es si seremos una sociedad con la madurez suficiente para colaborar en su implementación, cambiar estilos de vida y vigilar que los sectores productivos y de gobierno cumplan de manera efectiva.
La respuesta no está solo en la Ley. Está, sobre todo, en cómo decidamos aplicarla.

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Escrito por Martha Patricia Vargas Salgado, estudiante de la Maestría en Derecho Ambiental y Política Pública.
Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de los autores y pueden no coincidir con las de la Universidad del Medio Ambiente
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Maestría con validez oficial. RVOE: 205200000/556/2011
Referencias
Ellen MacArthur Foundation. (2015). Towards a circular economy: Economic and business rationale for an accelerated transition. https://ellenmacarthurfoundation.org
Ellen MacArthur Foundation. (2019). Completing the picture: How the circular economy tackles climate change. https://ellenmacarthurfoundation.org
Hernández Islas, G. (2020, 2 de enero). La visión antropocéntrica. Protección y derechos del medio ambiente. Foro Jurídico. https://forojuridico.mx/la-vision-antropocentrica-proteccion-y-derechos-del-medio-ambiente/
GAIA. (2019). Waste-to-energy: Climate false solutions. Global Alliance for Incinerator Alternatives. https://www.no-burn.org
Greenpeace México. (2021). La falsa solución de la incineración y la termovalorización de residuos. https://www.greenpeace.org/mexico
Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD). (2020). Extended Producer Responsibility: Updated guidance for efficient waste management. https://www.oecd.org
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). (2023). Estrategia Nacional de Economía Circular. Gobierno de México. https://www.gob.mx/semarnat
United Nations Environment Programme (UNEP). (2021). Global Waste Management Outlook. https://www.unep.org



