Medir para mejorar
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enero 17, 2020Una construcción discursiva alternativa desde la identidad de los pueblos originarios.
Por: Elis Martínez Hernández.
Desde algunos movimientos y organizaciones sociales de América Latina, hasta los gobiernos que llegaron al poder en las primeras décadas del siglo XXI, se emprendió un proceso que planteaba una ruptura de paradigmas, tanto en las formas como en los contenidos de las políticas públicas. “Sus expresiones más conocidas remiten a Ecuador y Bolivia; en el primer caso es el Buen Vivir o sumak kawsay (en kichwa), y en el segundo, en particular el Vivir Bien o suma qamaña (en aymara) y sumak kawsay (en quechua)”. Poco a poco se han encontrado equivalencias en diversos pueblos originarios del continente. (1) Estos conceptos aún en construcción toman en cuenta visiones y conocimientos diversos de los pueblos originarios, pero integran también las más actuales reflexiones académicas, propuestas de movimientos sociales y algunas de las críticas al Desarrollo que se habían hecho anteriormente desde la visión occidental. Especialmente de las corrientes más contestatarias del ambientalismo, así como algunas variantes de inspiración feminista.
(1) “Todos los pueblos indígena originarios, a través de diferentes expresiones conciben el concepto del Vivir Bien. Existen varios aspectos comunes entre todas estas expresiones”, Ver: Huanacuni, p.45
Se construye así, como una plataforma de encuentro intercultural entre diversas posturas, que a la vez comparten elementos en común, principalmente: “otra relación con la Naturaleza, la descolonización de los saberes, otra ética para reconocer y asignar valores, el abandono de las pretensiones de instrumentalización y manipulación del entorno”. (Gudynas: 2011, p. 81) Así mismo, al ser un concepto plural se integra por elementos específicos de cada cultura. Es decir, no son lo mismo exactamente la noción quechua, aymara o guaraní del “Buen vivir”. Por eso también se habla de “Buenos vivires” o más elocuente aún: “Buenos convivires”.
El Buen Vivir redefine la idea del bienestar en un sentido más amplio,
[…] trascendiendo las limitaciones del consumo material, y recuperando los aspectos afectivos y espirituales. Esta dimensión se expresa en subrayar la plenitud de la vida, y en la austeridad y el rechazo de vivir “mejor” a costa de otros. También se incorporan algunas ideas clásicas, tales como asegurar que las libertades, oportunidades, capacidades y potencialidades reales de los individuos se amplíen y florezcan. (Gudynas, 2011, p. 88)
Es un concepto integral que contiene como prioridades la reciprocidad, el respeto, la equidad y la diversidad; y enfatiza el cumplimiento de los derechos de todos y todas, tomando en cuenta los de la naturaleza.
Incluir a la naturaleza como sujetos de derecho
Logró introducirse en el debate internacional, y en la década anterior se incluyó en las constituciones de Ecuador y Bolivia (con sus respectivas variaciones y especificidades).
Incluir a la naturaleza como sujeto de derechos en los textos constitucionales, por decir lo menos, abre paso a la reflexión y al cuestionamiento sobre las normas existentes. En las que, ha predominado la relación instrumental con la naturaleza, es decir, como un objeto, pues la visión occidental ha dominado en la redacción de la mayoría de las constituciones del mundo. “Las Constituciones de Ecuador y Bolivia abren espacio a las visiones biocéntrica y ecocéntrica del mundo, y crean un nuevo paradigma” (Pinto Calaça: 2018, p. 161).
Ecuador y Bolivia fueron países pioneros de la respuesta constitucional ante el contexto mundial de crisis ecológica, situando en el primer lugar de la agenda la comprensión de que no puede haber justicia social sin justicia ambiental o ecológica (Wilhelmi: 2013, p. 280).
Aún con las inconsistencias sobre su aplicación, puestas en duda con la continuidad de proyectos extractivistas en ambos países, a partir de los conflictos políticos en que se han visto envueltos ambos países en los últimos meses, queda la incertidumbre sobre las aportaciones que la dimensión ambiental de ambos textos constitucionales pudiera haber brindado a otras legislaciones del continente y el mundo.
Bibliografía consultada
Foladori, Guillermo, “El pensamiento ambientalista” en: Anales de la educación común, 1999.
Gudynas, Eduardo y Acosta, Alberto, “La renovación de la crítica al desarrollo y el buen vivir como alternativa”, en: Revista Utopía y Praxis Latinoamericana 16 (53): 71 – 83, 2011, Universidad del Zulia, Venezuela
Horkheimer, Max, Crítica de la razón instrumental, Editorial Trotta, Madrid, 2010
Huanacuni Mamani, Fernando, Vivir Bien/Buen Vivir. Filosofía, políticas, estrategias y experiencias regionales, Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas, Lima, 2010.
Macías Gómez Luis Fernando, El constitucionalismo ambiental en la nueva Constitución de Ecuador. Un reto a la tradición constitucional.
Martínez-Alier, Joan, La justicia ambiental y el decrecimiento económico. Una alianza entre dos movimientos, ecología política, 2011, https://www.ecologiapolitica.info/?p=4233
Martínez-Alier, Joan, “Descrecimiento, buen vivir y justicia ambiental”, La Jornada, 5 de abril, 2015.
Pinto Calaça, I. Z.,Cerneiro de Freitas, P. J. Da Silva, S. A. y Maluf, F. (2018). “La naturaleza como sujeto de derechos: análisis bioético de las Constituciones de Ecuador y Bolivia”. Revista latinoamericana de Bioética, 18(1), 155-171. Doi: https://doi.org/10.18359/rlbi.3030
Riechmann, Jorge, Tres principios básicos de Justicia Ambiental, Ponencia presentada en el XII Congreso de la Asociación Española de Ética y Filosofía Política, celebradas en Castellón, del 3 al 5 de abril de 2003.
Velázquez-Gutiérrez, José Manuel, “Constitucionalismo verde en Ecuador: Derechos de la Madre Tierra y Buen Vivir”, Revista Entramado, Vol. 10 No.1, 2014
Wilhelmi, Marco Aparicio, “Hacia una justicia social, cultural y ecológica: el reto del Buen Vivir en las constituciones de Ecuador y Bolivia”, Meritum, Belo horizonte, jan/jun2013. Recuperado de:
http://www.fumec.br/revistas/meritum/article/viewFile/1788/1159